En la causa se demostró que el accionado, nacido en Bolivia, tiene domicilio en la ciudad de Córdoba, y que el accionante lo demanda por una relación de tareas en la jurisdicción local
La Sala 11ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba confirmó la resolución del juez de Conciliación que había rechazado la excepción de incompetencia de la Justicia ordinaria laboral, planteada por el demandado por su nacionalidad boliviana, y destacó que no se daba el supuesto para trasladar la acción al fuero federal.
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