El ruido por la antigüedad de los motores de unidades del transporte urbano, no reemplazados en tiempo, más el bullicio ambiente de la ciudad generaron hipoacusia en el demandante
Al advertir de que del peritaje técnico surgió que el actor, como conductor guarda del transporte público, estaba sometido a altos niveles sonoros por el ruido de los motores y el ambiente de la ciudad, superiores a 85 decibeles (Db), la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba admitió la hipoacusia como enfermedad laboral y ordenó a la demandada Galeno ART al pago de la incapacidad determinada por el perito médico.
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