martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Demanda contenciosa no suspende pago de tributo

LÍMITE. El fallo de los tribunales cordobeses estableció que no puede haber privilegios en favor de la Provincia en el cobro de los impuestos.
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El juez de Ejecución Fiscal hizo lugar a acción de la Dirección General de Rentas por deuda de Ingresos Brutos. Recuerdan que la regla “pague y luego reclame” establece pautas a seguir en casos como el de autos.

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