Éste, quien impugnaba el trámite por no haber recibido la cédula, reconoció que al notificador le era imposible acceder a la puerta de su departamento, dadas las medidas de seguridad adoptadas en el edificio
Al advertir que fue el demandado quien contractualmente indicó el domicilio al cual debían realizárseles las notificaciones y en la causa planteó la nulidad de la notificación a esa dirección por haberle sido dejada la cédula en el buzón del edificio, pero reconoció que era imposible que el notificador accediera a la puerta de su departamento por encontrarse cerrado el ingreso al edificio, la Cámara 8ª en lo Civil y Comercial de Córdoba consideró que el demandado contribuyó a causar la nulidad, por haber fijado una residencia de imposible acceso y validó la notificación dejada en el buzón, al que consideró una extensión del domicilio.
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