martes 26, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Crean dos fiscalías y dos juzgados de control para delitos en flagrancia

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Dos fiscalías con competencia en delitos de flagrancia y sus respectivos Juzgados de Control serán los nuevos órganos judiciales que comenzarán a funcionar a partir del año próximo en la ciudad de Córdoba. Se trata de la puesta en práctica de un esquema de trabajo que tiene por objetivo agilizar la Justicia penal y sobre el cual ya venía trabajando el Ministerio Público Fiscal a través de un plan piloto.
Según pudo conocer Comercio y Justicia, las nuevas dependencias tendrán su sede, en una primera etapa, en la ciudad de Córdoba y funcionarán sólo en horario vespertino, en el edificio de Tribunales II. Hasta hoy, a modo de prueba, la aplicación del programa estaba siendo ejecutada por las fiscalías de instrucción, a cargo de María Mercedes Balestrini y Marcelo Hidalgo.

El plan piloto cuenta ya con la decisión política y el presupuesto necesario para instrumentarlo y vendrá acompañado con la puesta en marcha del expediente informático. Cada fiscalía estará compuesta por dos secretarías, según adelantó a este diario el fiscal General de la Provincia, Darío Vezzaro, quien además explicó que la designación de los fiscales y jueces con competencia en flagrancia surgirá, en principio, del orden de mérito vigente del último concurso que se realizó en el Consejo de la Magistratura provincial.
El mecanismo, cuyo principal impulsor ha sido el jefe de los fiscales, ha recibido numerosas críticas desde el seno mismo de las fiscalías de instrucción, de cámara y asesorías letradas. No obstante, y a pesar de ello, el Ministerio Público insistió en su aplicación como un modo para descongestionar de “causas menores” a las fiscalías y, de ese modo, poder ocuparse de investigaciones más complejas.

Las fiscalías de flagrancia se han instrumentado ya en otras provincias y ciudades del país. Un ejemplo de ello es el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, que preside Germán Garavano. Allí, el 15 % de los delitos se resuelven por esta vía.

Detalles

El mecanismo de flagrancia consiste en un proceso muy breve de acusación y sentencia y establece que al detenido en flagrancia, en el momento de la persecución y captura, se lo lleva ante el fiscal, quien le hace conocer la acusación.
En un plazo máximo de cinco días de la detención de la persona, se realiza la primera audiencia en la que el juez puede resolver la excarcelación, sobreseimiento, decidir la prisión preventiva, o las partes acordar la suspensión del debate a prueba y juicio abreviado.
De no haber acuerdo entre las partes, o de no dictarse sobreseimiento, el magistrado resuelve si mantiene detenida a la persona y convoca a una segunda audiencia de finalización del proceso en flagrancia. En este segundo encuentro las partes tienen nuevamente la posibilidad de llegar a un acuerdo. De no ocurrir esto, la causa se eleva a juicio.

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