lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Costas por el orden en crédito concursal no admitido por no presentar cheques rechazados

SITUACIÓN. Pese al tiempo transcurrido, la empresa acreedora no ofreció como prueba los cheques que supuestamente se le dieron por compra de mercadería.
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El tribunal ratificó la no imposición de gastos causídicos a Bayer SA, al entender que en los hechos no ocurrió que se lograra sacar la acreencia del pasivo, por cuanto estaba sometido a una condición no cumplida

Al observar que el crédito insinuado por Bayer SA nunca logró ingresar al pasivo de la concursada, Fideicomiso Agropecuaria Marca Líquida, por estar sujeto a una condición que no fue cumplida (el acompañamiento de los cheques que habría recibido de la fallida por la compra venta de mercaderías), la Cámara 2ª Civil y Comercial de Córdoba ordenó que las costas sean por el orden causado.

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