Un tribunal neoyorquino sostuvo que no tienen derecho a estar libres porque no pueden asumir obligaciones. Descartó el argumento ecológico que pide la libertad de esos animales equiparando su situación a las personas en coma y a los recién nacidos. En Argentina la postura es diferente
Por unanimidad, la Corte de Apelaciones de de Nueva York negó una petición para trasladar a dos chimpancés en cautiverio a un santuario, al estimar que no tienen derecho a estar libres porque no son personas.
La decisión es un nuevo revés para el Proyecto de los Derechos de los No Humanos, que desde hace años intenta que se ordenen el traslado de Tommy y Kiko, dos chimpancés que viven encerrados en jaulas en una residencia privada Gloversville, New York.
En su reclamo, el abogado y activista Steven Wise aportó declaraciones juradas de expertos que estiman que los chimpancés tienen habilidades cognitivas y sociales avanzadas.
Los jueces que anteriormente fallaron en contra de pedidos similares opinan que a los primates no se les pueden conceder derechos porque no están capacitados para afrontar “responsabilidades legales y obligaciones sociales”.
Wise estimó que ello es incorrecto y sostuvo que los recién nacidos y los individuos que están en coma, por ejemplo, tienen derechos aunque no pueden asumir responsabilidades. Sin embargo, el punto de vista del letrado y de los expertos no convenció a la Corte neoyorquina, que citó aquellos precedentes, entre otros argumentos.
“La capacidad lingüística y cognitiva de los chimpancés no tiene que ver con la de asumir obligaciones y responsabilidades legales por sus actos”, escribió el magistrado Troy Webber.
Sobre el planteo relacionado a los bebés y a las personas en coma, opinó que “ignora el hecho de que son seres humanos y miembros de la comunidad humana”.
A fines de 2014, en un fallo inédito a escala mundial, la Justicia argentina le reconoció derechos básicos como “sujeto no humano” a una orangutana del zoológico porteño y posibilitó que fuera trasladada a un santuario.
Al admitir el hábeas corpus presentado por la Asociación de Funcionarios y Abogados por el Derecho de los Animales (Afada), la Cámara Federal de Casación Penal dispuso que Sandra, de 30 años y oriunda de Sumatra, fuera reconocida como persona. Antes, pedidos similares para grandes simios interpuestos por diferentes organizaciones, en los que se alegaba que tienen cierto grado de raciocinio y características emocionales similares a las de los humanos, fueron rechazados.
Al decidir en sentido favorable al planteo de la actora, Casación revocó un fallo de primera instancia y señaló que a partir de una interpretación jurídica dinámica era menester explicitar que animales como esos son sujetos de derechos.
Críticas
El jefe de Biología del Zoo porteño, Adrián Sestelo, criticó la medida. “En este tipo de pedidos fundamentalistas se desconoce el comportamiento natural de la especie. Los orangutanes son solitarios y muy tranquilos y sólo se juntan para aparearse o atender a sus crías. Desconocer la biología de la especie, alegando injustificadamente maltratos, estrés o depresión, es incurrir en uno de los errores más comunes, que es humanizar cualquier conducta animal. Sandra goza de cuidados excepcionales y vive en soledad porque es lo que requiere su especie”, sostuvo.
Fundamentación
Cuando se conoció el fallo sobre la orangutana del zoo porteño, el constitucionalista Daniel Sabsay lamentó la ausencia de una fundamentación jurídica exhaustiva en el fallo de la Casación, que sólo tiene una carilla y se basó en una obra doctrinaria del ex juez de la Corte Eugenio Zaffaroni que no se relaciona específicamente con la cuestión.