El tribunal de Familia interviniente ordenó que Servicios Judiciales deberá traducir la resolución que determinó alimentos provisorios y urgentes a favor de mujer y el costo estará a cargo del marido
Con sustento en las normas nacionales e internacionales que protegen a las personas en estado de vulnerabilidad, la Cámara 2ª de Familia de Córdoba admitió una petición de alimentos provisorios a favor de la accionante, persona mayor de 67 años que sufre una discapacidad visual, y condenó al pago a su esposo, quien reside en Italia y de quien se encuentra separada de hecho. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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