lunes 4, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Conviviente podrá cobrar el seguro de vida de su pareja

TAREA. El hombre trabajaba como electricista en una compañía proveedora de electricidad
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Al contratar el beneficio, el hombre no consignó a sus beneficiarios. Pese a ello, los jueces entendieron que de la prueba existente surgía que su voluntad fue la de favorecer a los integrantes de su núcleo afectivo

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial hizo lugar al recurso interpuesto por la pareja de un hombre que había contratado un seguro de vida y no consignó a sus beneficiarios, y le reconoció legitimidad para cobrar la indemnización derivada. 

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