Tras valorar que el testimonio brindado por el padre de un imputado no fue determinante en su procesamiento, la Sala V de la Cámara del Crimen porteña convalidó sus dichos. La causa llegó ante las vocales María Laura Garrigós y Mirta López Gonzales por el recurso de apelación presentado por la defensora oficial.
La funcionaria invocó el artículo 242 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN) y cuestionó la negativa del juez de primera instancia a hacer lugar a su pedido de nulidad.
Ante ello, las camaristas recordaron que la propia defensa requirió la declaración, ya que el encartado adujo que su progenitor presenció el hecho.
Asimismo, las magistradas plasmaron que el testigo no aportó ningún dato que complicara la situación del joven y que sólo efectuó apreciaciones subjetivas. En tanto, Garrigós y López destacaron que la nulidad sólo resultaría procedente de advertirse algún vicio sustancial o afectación de garantías constitucionales, situaciones que no juzgaron verificadas en el caso.