La alzada argumentó que aceptar la impugnación de la deducción por no haberse cumplido con el deber de información conduciría a una interpretación “excesivamente rigorista” de la legislación.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.