En el remate se vendió un inmueble de la accionante, quien planteó la nulidad de ese acto aunque luego no demostró la existencia de irregularidades que hubieran viciado lo actuado
Al confirmar la falta de nulidades sobre un auto de aprobación de subasta, en la cual el banco titular de la deuda hipotecaria terminó quedándose con la propiedad al no presentarse oferentes, la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó el recurso directo presentado por la parte accionante, titular del inmueble rematado, y confirmó así el rechazo de su acción contra el Nuevo Banco Bisel SA (Hoy Banco Macro SA) y de quien le compró a esta entidad la propiedad en litigio.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a