El tribunal comprobó que el firmante -fallecido- estaba afectado por la ludopatía, por lo cual no actuó de manera diligente. Además, el demandado -portador del documento- no pudo demostrar que le haya entregado dinero alguno
La Cámara 9ª Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba confirmó una decisión de primera instancia que hizo lugar a una demanda que planteó la nulidad subjetiva por lesión del pagaré librado ”‘en blanco”, pedida por la viuda del librador.
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