martes 26, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Confirman el amparo para que Odebrecht no cobre 1.500 millones de pesos de indemnización

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Los camaristas ratificaron la decisión del juez Rafecas. La disputa se enmarca en la causa conocida como “Skanska II”

La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó un fallo que hizo lugar a una medida cautelar para que Odebrecht no cobre los 1.500 millones de pesos que le reclamaba al Estado.
La decisión fue adoptada por los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens, quienes ratificaron el fallo tomado por el juez federal Daniel Rafecas, quien le ordenó a la Bolsa de Comercio que suspenda el trámite iniciado por realizar la supuesta compensación por una indemnización en reclamo de supuestos pagos incompletos por parte del Estado relativos a la obra de ampliación de una red de gasoductos ejecutada por el Ministerio de Planificación Federal durante el gobierno anterior.
La Oficina Anticorrupción (OA) rechazó ante la Cámara de Apelaciones el reclamo, que se había presentado ante el Tribunal Arbitral de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. “Pretenden cobrar ahora otros 1.500 millones de pesos adicionales, además de los 18 mil millones cobrados en la ejecución, basado en contratos que fueron obtenidos en forma ilícita”, dijo la OA.

En una resolución de cinco páginas, Irurzun y Llorens plantearon que los delitos cometidos en la obras de los gasoductos, tanto el tramo que confirmó irregularidades en la adjudicación de la obra como la segunda etapa, que investiga la trama de sobornos, tienen como dato a considerar que ambas instrucciones se unificaron.
“Una cosa tiene que ver con la otra. El origen, la ejecución y los efectos de la maniobra son secuencias interrelacionadas que no pueden perderse de vista si se pretende entenderla”, expresaron los jueces. Además, sostuvieron que deben considerarse las medidas adoptadas que “corresponden en el marco del proceso penal para neutralizar las presuntas consecuencias de los ilícitos aún en posible curso de producción”.
Así, le dieron la razón a Rafecas, quien en resguardo de los intereses económicos del Estado y del patrimonio de la empresa investigada dictó la medida cautelar, pese a que Odebrecht había planteado que al ser un reclamo civil no correspondía que el magistrado decidiera.
“El juez federal que resolvió tenía y tiene facultades para hacerlo, de acuerdo a los objetivos y finalidades de la instrucción a su cargo. Ello, sea a pedido de partes legitimadas (como en el caso, donde lo promovió la Oficina Anticorrupción, luego acompañada en la pretensión por la fiscalía) o incluso de oficio”, resaltaron Llorens e Irurzun.
Además entendieron que, ante el reclamo millonario de la constructora, “no pueden eludirse las revelaciones que han tomado estado público sobre la actuación de la firma Odebrecht en el pago de sobornos a funcionarios públicos de diferentes países, que supusieron -claro está- un hito relevante en las investigaciones judiciales”.

 

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