El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba consideró que la cámara a quo había brindado de manera concreta y razonada sus argumentos y que la crítica de la sindicatura sólo reveló una mera discrepancia que excedía el marco de revisión ante la sede extraordinaria
La Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba rechazó el recurso de casación interpuesto por la sindicatura de un pequeño concurso preventivo -devenido en quiebra-, en el que cuestionaba la decisión de la cámara a quo de establecer una merma del activo no liquidado que integraba la base regulatoria para justipreciar los honorarios de los funcionarios y profesionales intervinientes.
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