La Cámara en lo Contencioso-administrativo Federal confirmó el fallo que en noviembre de 2021 rechazó un amparo colectivo interpuesto por diferentes organizaciones para que se obligue al Consejo de la Magistratura de la Nación a garantizar el cupo de género en las ternas de los concursos.
La sentencia, que había sido dictada por Rita María Ailán, ponderó que “la llamada ‘perspectiva de género’ no impone siempre decidir a favor de la mujer sino impedir que ella sea postergada por el hecho de serlo. Si bien parece indudable que las acciones positivas reseñadas son temperamentos que se encaminan a ese objetivo sobre la base de ‘preferir’ al grupo a cuya tutela se ordenan, esa preferencia no puede realizarse a expensas de derechos de otros sujetos que también cuenten con amparo constitucional”.
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