La Cámara Comercial condenó a una concesionaria, a la administradora de un plan de ahorro y al fabricante de vehículos a devolver las sumas abonadas por un hombre y a pagarle $300.000 en concepto de daño moral, tras no haber recibido el automóvil prometido en tiempo y forma. El fallo, emitido por las juezas Matilde E. Ballerini y Alejandra N. Tevez, consideró que la falta de respuesta a los reclamos del consumidor y la retención de los fondos justificaban el resarcimiento.
El demandante había suscrito un plan de ahorro con la expectativa de retirar el vehículo tras las primeras 4 cuotas de un total de 84, situación que no ocurrió. Como consecuencia, vendió su auto usado y reclamó los inconvenientes que le generó la falta de entrega del nuevo vehículo.
A pesar de sus reiterados intentos por resolver la situación, las empresas involucradas no brindaron respuestas claras ni permitieron la licitación a tiempo.
Inicialmente, el Juzgado N° 4 había rechazado la demanda, argumentando que el actor no había demostrado sus intentos de licitar el auto y que el contrato no habilitaba a retirar el vehículo en la cuota 4. Sin embargo, tras la apelación, la Cámara reconoció la afectación al consumidor y determinó que las demandadas eran responsables de devolver los pagos realizados, calculados por un perito en la etapa de ejecución.
El tribunal descartó el reclamo de daño punitivo por no ser una conducta suficientemente grave, así como el lucro cesante y el reintegro de gastos por falta de pruebas y estar cubiertos en las costas del juicio. Además, las juezas subrayaron la responsabilidad agravada de las empresas por la falta de información clara al consumidor.