La Sala IX de la Cámara Nacional de Trabajo condenó a América TV a indemnizar a una trabajadora que se consideró despedida al no regularizarse su situación laboral. Ello pese a que, en la práctica, la empleada era un “facturera”, es decir, emitía facturas por los honorarios de los supestos “servicios”.
Para los jueces, “el mero hecho de que la trabajadora haya consentido la mentada irregularidad registral no constituye una causa legalmente prevista para la validez de la posición de la quejosa”, en referencia a la empresa demandada.
El tribunal ordenó el pago de más de 115 mil pesos de resarcimiento a la accionante, Amanda Alma, en la causa en que los magistrados Álvaro Balestrini y Mario Fera debieron analizar que la relación laboral tuvo un período en el que la actora, para cobrar su trabajo, emitía facturas.
Los jueces señalaron que el método para zanjar este tipo de controversias “es determinar si en la ejecución de la relación (las partes) se comportaron como lo harían un trabajador y un empleador, configurando, de hecho, una relación trabajo, en los términos del artículo 22 de la Ley de Contrato de Trabajo”.