sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Condena a Arcor en base a jurisprudencia de la Corte

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Condenaron a Arcor a indemnizar el despido incausado de un ex empleado, conforme las pautas fijadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en la causa “Vizzoti”, por ser inconstitucional el tope fijado por el artículo 245 de la ley 20744 (LCT).
La decisión fue asumida por la Sala 11ª Laboral, integrada por Alberto Calvo Correa, en la causa protagonizada José Ignacio Varela quien percibió de la empresa la suma de $ 22.344,48 en concepto de indemnización sin causa y otro monto igual correspondiente a la duplicación según el decreto 264/02 (artículo 16 de la ley 25561), aplicándose para su cálculo los topes vigentes previstos en el artículo 245 de la LCT.
Este monto fue objetado por el actor planteando la inconstitucionalidad de esta norma al considerar que se debió tomar como base para el cálculo su mejor remuneración del último año de trabajo, a la que adicionó una doceava parte más de la remuneración del último mes de trabajo correspondiente al aguinaldo devengado mensualmente, arribando así a una base indemnizatoria de $ 2.944,32, monto al que le resta la parte que no es confiscatoria según el límite impuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Vizzoti”.

Cálculo

En el caso de análisis, la Corte no se limita a declarar la inconstitucionalidad del artículo 245 de la LCT sino que fija un nuevo tope y establece que la remuneración a tomar como multiplicando para el cálculo de la antigüedad, no puede ser inferior al 67% del mejor salario normal y habitual percibido por el trabajador, explicó el vocal.
Por ello, se señaló que “por la jerarquía del Tribunal y por constituir éste el Máximo Tribunal Nacional, los jueces inferiores deberán aplicar dicho tope, en el caso de cuestionamiento de la norma, so pena de que sus sentencias puedan ser consideradas arbitrarias”.
En ese sentido, se precisó que “teniendo en cuenta la diferencia existente entre la base considerada para el cálculo de la indemnización por antigüedad en función de los topes vigentes y la mejor remuneración mensual, normal y habitual del actor, sin duda corresponde aplicar las pautas fijadas en el caso “Vizzoti” en la causa que nos ocupa y, a tales efectos, se deberá tomar la mejor remuneración determinada en la pericial contable, para sobre ella calcular el 67% que es el porcentaje sobre el que debió calcularse la indemnización según la doctrina imperante”.

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