El Consejo de la Magistratura de la Nación aprobó una modificación del artículo 38 del reglamento de concursos de antecedentes y oposición para la selección de magistrados, disponiendo que las impugnaciones al orden de mérito provisorio deberán formularse en soporte digital a través del sistema de administración de legajos.
La medida busca profundizar la digitalización de los concursos, en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuestas por el Poder Ejecutivo.
El Cuerpo había avanzado con la implementación de la inscripción digital a los concursos a través de la página web del Poder Judicial de la Nación, donde cada postulante tiene un usuario que le permite acceder a diferentes funcionalidades. Los usuarios del sistema de legajos digitales tienen también la posibilidad de acceder remotamente al material que conforma la vista al orden de mérito provisorio, y permite a los postulantes de todo el país “acceder remotamente al material, evitando traslados innecesarios a la sede de esta dependencia”.
A partir de ahora, la instancia de impugnación al orden de mérito provisorio será totalmente digital, tornando “obligatoria la presentación del correspondiente escrito a través del módulo específico en el sistema de administración de legajos y dentro del plazo reglamentario actualmente previsto de cinco días hábiles, en formato exclusivamente digital”.
“Las actuales circunstancias sanitarias obligan a adoptar soluciones para preservar la salud tanto de los usuarios de los servicios de la administración, como de sus agentes y funcionarios, y al mismo tiempo que no se vea afectado el desarrollo de los procedimientos y los derechos de los postulantes; en tal sentido resulta beneficioso procurar la digitalización y el acceso remoto para la realización de los distintos trámites administrativos”, fundamenta la resolución aprobada por el plenario del Consejo.