domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Concluyen que hubo negligencia probatoria en el llamamiento de un testigo

SITUACIÓN. El fallo concluyó que hubo negligencia probatoria en la citación del testigo solicitado.
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La parte demandada se quedó sin poder tomar un testimonio, ya que no fue pedida la nueva audiencia a los fines de la declaración en el tiempo oportuno. En la anterior, cuando el deponente no compareció, no fue llamado por la fuerza pública

Atento a que cuando se pidió que se fije nuevo día y hora de audiencia, a los fines de la toma de una prueba testimonial que ya se había frustrado en dos ocasiones, una por inhabilitación de plazos por covid-19 y, otra, por incomparecencia del testigo, siendo que el último pedido de nueva audiencia ya se encontraba vencido el término probatorio, la Cámara 5ª en lo Civil y Comercial de Córdoba acogió el recurso presentado por la parte demandada y declaró la negligencia en la producción de la prueba testimonial y ordenó que se revoque el decreto del a quo que había admitido su diligenciamiento.

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