Ante un planteo de la Aceitera General Deheza, la Cámara Federal de Córdoba -por mayoría- sostuvo que existe el peligro en la demora y la verosimilitud en el derecho necesaria
La Cámara Federal de Apelaciones, Sala A, con asiento en la ciudad de Córdoba, por mayoría, hizo lugar en su totalidad a la medida cautelar solicitada por Aceitera General Deheza (AGD) por el término de seis meses y en consecuencia ordenó al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) que se abstenga de continuar intimando a la accionante para el pago de la tasa al bioetanol prevista en el art. 6 de la ley 24566.
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