La Cámara Federal de Córdoba resolvió por mayoría revocar las prisiones domiciliarias de los represores Vicente Meli y Víctor Pino, ambos procesados por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar.
En el fallo, el tribunal integrado por Abel Sánchez Torres, Humberto Aliaga Yofre e Ignacio Vélez Funes, consideró que “no existe riesgo para que Meli permanezca en un establecimiento carcelario”. En cuanto a Pino, sostuvieron que si bien “se encuentra acreditada la patología cardíaca que padece, no se advierte que ella se constituya en un impedimento para su permanencia en un centro de detención, pudiendo incluso ordenarse su traslado a los hospitales que correspondan, las veces que sea necesario”.
Paralelamente, los jueces aclararon que la medida se adopta “sin perjuicio de un nuevo informe del Equipo Médico Forense” que advierta un “agravamiento” en su salud.
En disidencia votó Vélez Funes, quien sostuvo respecto de Meli que “los informes, si bien resultan escuetos, refieren padecimientos de una envergadura que su permanencia en un establecimiento penitenciario se tornaría en un trato cruel, inhumano y degradante para su persona”. Lo mismo explicó respecto de la situación de Pino.