Condenan a la Cooperativa de Electricidad de Río Primero a abonar a un trabajador diferencias de
haberes. El plus no le fue efectivizado mientras estuvo enfermo. Cuestionan acuerdo convencional
La Sala 1ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba condenó a la demandada Cooperativa de Electricidad de Río Primero Ltda. a pagar a un trabajador las diferencias de haberes por los meses en que estuvo bajo carpeta médica y no se le abonó dicho rubro.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.