El tribunal entendió que correspondía daño punitivo. La entidad crediticia incluyó al demandante en el Veraz y no cumplió a tiempo lo acordado en la Dirección de Defensa del Consumidor
La Cámara Civil y Comercial de 8ª Nominación de la ciudad de Córdoba aceptó la apelación presentada por la parte actora, admitiendo el rubro daño punitivo como sanción civil en contra de Banco de Galicia y Buenos Aires SA por la emisión de una tarjeta de crédito a nombre del actor sin su requerimiento ni autorización, y la inclusión de éste como deudor en Veraz, su categorización como situación de riesgo 3 ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y el incumplimiento de la proveedora del acuerdo arribado en la Dirección de Defensa del Consumidor.
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