La cámara razonó que si se niega la destrucción y sus titulares no quieren darlos en adopción ni que se utilicen para fines científicos, se podría presentar el absurdo de que la mujer solicite la implantación del embrión para luego requerir un aborto
La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul (provincia de Buenos Aires) ratificó un fallo de primera instancia que autorizó la destrucción y descarte de los tres embriones criopreservados que una pareja divorciada, que ya tuvo dos hijos, posee en la clínica de salud reproductiva Procrearte, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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