Al otorgar certeza sobre la correcta interpretación de la legislación que trata sobre los beneficios de los veteranos de guerra, el Juzgado Federal Nº 3 declaró el derecho de los accionantes a ser incluidos dentro de la normativa vigente, a efectos de que sean reconocidos como veteranos de Malvinas. Alrededor de 30 accionantes, que participaron como conscriptos durante el conflicto bélico contra Gran Bretaña sin ser considerados veteranos, con el argumento de que no estuvieron en el llamado ‘Teatro de Operaciones del Atlántico Sur’, solicitaron la declaración de inconstitucionalidad del decreto 509/88 y la continuidad de los trámites para el reconocimiento como veteranos de guerra.
En el fallo, se explicó que dichas personas “fueron movilizadas, de Córdoba a Comodoro Rivadavia, al Regimiento de Infantería 8, en el cual se cumplían tareas de logística, comunicaciones, inteligencia, protección de la población civil y costera, transporte de víveres y se velaba por la seguridad de las bases militares; que durante el tiempo que duró el conflicto sufrieron las angustias y sufrimientos propios de un estado de guerra”.
En esa dirección, se añadió que, “si bien no combatieron en el frente contra el enemigo, cumplieron también funciones de vital importancia”.
Así, se argumentó que, “siendo que a través del dictado de la ley 23109 se buscó compensar, de alguna manera, a través de diferentes beneficios, a los que participaron en el conflicto de Malvinas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982” y que “el Decreto 509/88 restringe la condición de veteranos de guerra (…), cuando debe darse preeminencia al espíritu con que la ley fue elaborada, el que no puede ser alterado por tal vía reglamentaria, corresponde declarar su inconstitucionalidad por violar expresamente el artículo 99 inciso 2º de la CN, toda vez que resulta contradictoria la norma reglamentaria con el espíritu y fundamentos de la ley en sentido formal, invalidando necesariamente el decreto reglamentario (…) ya que los actores tienen derecho por las características especiales de las labores que desempeñaron, a ser encuadrados como veteranos de guerra y, consecuentemente, a la aplicación de la ley 23109”.