El tribunal analizó que, al apelar la demandada, los sucesores aún no reconocidos deben contar con la representación de la asesoría letrada, sin costo según la ley específica
Al interpretar que en la apelación presentada por la parte demandada Provincia de Córdoba la parte actora se transforma en el polo pasivo de la relación jurídica procesal, y ante el fallecimiento del accionante y sin que se conozcan quienes son los herederos corresponde que el asesor letrado ejerza la defensa de la parte accionante, de acuerdo con la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, la Cámara 2ª Civil y Comercial de Córdoba rechazó la reposición del funcionario.
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