Un precedente de 2018 respaldó a un pastelero, en el terreno religioso. Ahora, la máxima instancia estadounidense le dio la razón a una diseñadora de páginas web que se amparó en la libertad de expresión para advertir que rechazará ciertos eventos
La Corte Suprema de Estados Unidos respaldó a una diseñadora de páginas web enfocadas en casamientos y determinó que es legal que se niegue a trabajar cuando la convocan parejas del mismo sexo.
El tribunal, con mayoría conservadora (seis a tres), estableció que la titular de la firma 303 Creative LLC ejerce, tal como planteó, su libertad de expresión.
En el Estado de Colorado, donde reside la actora, Lorie Smith, existe una ley que rechaza la discriminación por orientación sexual pero la máxima instancia del país admitió su recurso.
Lo presentó después de haber perdido en primera instancia y en apelación la demanda que promovió en contra de Colorado.
Cuando accedió a intervenir, la Corte limitó la cuestión a la libertad de expresión de los comerciantes cuyo trabajo tiene una dimensión artística y excluyó el asunto religioso.
Smith, una cristiana evangélica de 40 años, alegó que por su fe sólo cree en el matrimonio “como unión de un hombre y una mujer”.
Bajo esa premisa, sostuvo que no podía ser obligada a prestar servicios que colisionen con sus creencias en función de la protección que le acuerda la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense.
Curioso
Lo curioso del expediente “303 Creative LLC contra Elenis” es que Smith no recibió ningún encargo: sólo accionó para prevenirlo, con el fin de colocar una advertencia en su sitio, algo que prohíbe la ley de Colorado.
Uno de los argumentos de la abogada de Smith, Kristen Waggoner, es que no se trata de los clientes sino de las creencias de su asistida sobre el matrimonio.
En esa línea, alegó que admitiría diseñar para homosexuales, pero para otros eventos.
Lo que dirimió la Corte de EEUU es que el hipotético encargo del diseño de una página web para una boda gay supone obligar a Smith a difundir un mensaje implícito a favor del matrimonio igualitario.
Audiencia
Durante una audiencia que se celebró en diciembre del año pasado, la última jueza que ingresó al alto tribunal, la progresista Ketanji Brown Jackson, mostró diseños de Smith y le indicó a su letrada que explicara cuál es el mensaje en contra de las creencias de su representada de frases tales como “reservá la fecha”. Waggoner respondió que era “una invitación a celebrar un matrimonio”.
Ante ello, Brown Jackson le planteó que la artista gráfica no es quien lanza el convite sino los novios, y cuestionó que pueda interpretarse que es un mensaje de Smith.
La abogada contestó que es el anuncio de la boda en sí lo que su representada cree falso.
Expresivos
Brown Jackson y las otras dos magistradas progresistas del tribunal, Sonia Sotomayor y Elena Kagan, recordaron que nunca se admitió el concepto de “mensaje implícito” en causas sobre libertad de expresión y valoraron que era riesgoso abrir esa posibilidad.
En tanto, el abogado del Estado de Colorado afirmó que admitir el pedido de Smith implicaría conceder una “licencia para discriminar” que facultaría a quienes ofrecen servicios artísticos (o expresivos), como arquitectos y fotógrafos, a negarse a trabajar con personas con el servicio a clientes por su orientación sexual, e interpretó que ello podría extenderse a la religión o a la raza.
Mayoría
La mayoría conservadora de la Corte de EEUU inclinó la balanza a favor de Smith.
El juez Neil Gorsuch fundamentó la decisión de la mayoría.
Dijo que la Primera Enmienda (sobre libertad de expresión) protege a la diseñadora, quien tiene derecho a no trabajar sobre contenidos en los no cree.
“La Primera Enmienda visualiza a Estados Unidos como un lugar rico y complejo donde todas las personas son libres de pensar y hablar como quieran, no como exige el gobierno”, afirmó.
Precedente
Hay un precedente similar, aunque se basó en la religión del demandado.
Hace casi cinco años, en junio de 2018, por siete votos contra dos, Jack Phillips, un pastelero también evangélico y de Colorado, ganó una batalla legal que dividió a la opinión pública del país.
Su triunfo fue celebrado hasta por el ex presidente Donald Trump.
Todo comenzó en 2012, cuando una pareja de hombres fue a su local de Denver a pedirle una torta para su casamiento, a celebrarse en Massachusetts, la única jurisdicción que había legalizado el matrimonio gay por ese entonces.
Phillips los escuchó pero rechazó el trabajo. Según relató, se limitó a decirles: “Lo siento muchachos, no hago pasteles para bodas entre personas del mismo sexo”.
Veinte segundos
El intercambio, que según Phillips duró 20 segundos, derivó en una contienda judicial que duró seis años.
Los accionantes, David Mullins y Charlie Craig, se sintieron discriminados y entablaron una demanda en contra del repostero ante la Comisión de Derechos Civiles de Colorado.
El reclamo prosperó allí y en tribunales estatales y llegó a la Corte.
Phillips sostuvo que su derecho a la libertad religiosa fue violado. Arguyó que él podía decidir a quién le vendía y señaló que en otras oportunidades, siempre con base en argumentos religiosos, se negó a trabajar para celebraciones como Halloween.
Además, aseguró que aunque rechazó diseñar una torta específica para Mullins y Craig, les ofreció otros productos disponibles en su tienda.
“No puedo crear pasteles personalizados que expresen mensajes o celebren eventos en conflicto con mi fe”, afirmó.
Moderado
El pastelero ganó en el terreno de la libertad religiosa.
En uno de los últimos votos que emitió antes de retirarse, el ex supremo Anthony Kennedy -un moderado cuyo criterio fue decisivo en muchas causas- escribió que el tratamiento del caso por la Comisión de Derechos Civiles tuvo “algunos elementos de hostilidad clara e inadmisible” hacia las “creencias sinceras” que motivaron la objeción del demandado.
Sin embargo, advirtió de que otros supuestos, en diferentes circunstancias, requerían “más elaboración en los tribunales”.
En esa línea, arengó a resolver disputas similares con tolerancia, sin “una falta de respeto indebida” a la fe y “sin someter a personas gay a indignidades cuando buscan bienes y servicios en un mercado abierto”.
Por la minoría, la fallecida Ruth Bader Ginsburg estimó: “Lo que importa es que Phillips no proporcionaría un bien o un servicio a una pareja del mismo sexo que le proporcionaría a una pareja heterosexual”.
Irlanda
En octubre de 2016, en Irlanda, los dueños de una pastelería de Belfast fueron declarados culpables de discriminación por negarse a hacer una torta con un lema a favor del matrimonio igualitario.
Un tribunal de apelaciones confirmó la sentencia condenatoria dictada en 2015, que estimó que los comerciantes incurrieron en un acto discriminatorio contra el denunciante y “ofensivo para el resto de la comunidad gay”.
La causa tuvo repercusión mundial. Comenzó en mayo de 2014, cuando Gareth Lee, un activista por los derechos LGBT, entró al local de los demandados, Ashers Bakery, para encargar una torta con la imagen de los protagonistas de Plaza Sésamo, Epi y Blas, con el lema: “Apoyá el matrimonio igualitario”.
Los pasteleros se negaron a trabajar para Lee y alegaron motivos religiosos: se declararon “profundamente cristianos”. La Comisión de Igualdad de Irlanda del Norte consideró que delinquieron y el a quo dictaminó que el objeto de la firma Ashers Bakery era lucrar, no realizar actividades propias de un grupo religioso.
Los condenados apelaron pero la Justicia de Belfast rechazó sus argumentos. “El local no quiere dar la impresión de que apoya la unión homosexual al incluir mensajes a favor en sus productos”, alegaron, pero la alzada concluyó: “Si un pastelero hace una torta en Halloween con imágenes de brujas, eso no significa que apoye la cacería de brujas”.