lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Apertura a prueba se debe notificar mediante cédula

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La Cámara confirmó que dada la importancia de las consecuencias de este acto procesal, no basta con el retiro del expediente para que empiecen a correr los plazos, por lo cual no existió negligencia de la contraparte

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