viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Al no fundamentar los peritos, promedian valor de inmueble

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En juicio de expropiación donde se discutía el valor otorgado al inmueble expropiado, ante la “la falta de fundamentación de ambos peritos (oficial y de parte)” sobre el extremo debatido, el juez Fernando Rubiolo (8ª Nominación en lo Civil y Comercial de Córdoba) resolvió “tomar el punto medio de ambas posturas”, teniendo en cuenta -además- que “conforme a las reglas de la experiencia, el valor de la tierra (…) ha ido incrementándose constantemente, debido, muy probablemente, a los vaivenes económicos por los que ha atravesado el país”.
En la causa “Municipalidad de Colonia Tirolesa c/ Martín, Hugo Joaquín, expropiación”, en abril de 2005 se tasó en 90.200 pesos el inmueble de cinco hectáreas de superficie declarado de utilidad pública para la “Construcción de planta para residuos no patógenos y preservación del casco de la Estancia como patrimonio histórico de la comunidad”.
Martín cuestionó el valor otorgado a la propiedad y solicitó que el precio sea fijado al momento de la toma de posesión, que tuvo lugar en el mes de diciembre del 2005.

Diferencia

El magistrado fijó el valor de la indemnización por la expropiación operada en $ 114.260 y condenó al municipio al pago de “la diferencia que resulte una vez deducido el monto ya recibido por el expropiado”, con más los intereses fijados en “la tasa pasiva que publica el BCRA con más el uno por ciento (1 %) mensual a calcularse desde la fecha del desapoderamiento del bien”.
“Estimo equitativo y razonable, en función (…) de la falta de fundamentación de ambos peritos (oficial y de parte) al justipreciar el valor de la hectárea y llevar su importe a diciembre de 2005, fecha en que operó la desposesión, tomar el punto medio de ambas posturas, valuadas a la fecha antes indicada y, en consecuencia, establecer la cuantía de la hectárea expropiada en la cantidad de pesos veintiun mil cuatrocientos cincuenta y dos ($ 21.452)”, estableció el fallo.
Asimismo, se predicó que “a los fines de dar fundamento a lo expuesto, señalo que conforme a las reglas de la experiencia, el valor de la tierra, sobre todo a partir de principios del año dos mil dos, no se ha mantenido estático sino que, por el contrario, ha ido incrementándose constantemente, debido, muy probablemente, a los vaivenes económicos por los que ha atravesado el país, donde la propiedad tomó el papel de una de las mayores atracciones de inversión”.

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