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Agravan pena a extranjera que comercializaba drogas

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El juez de La Plata valoró que la encartada “menospreció el país que le dio cobijo”, ya que “en vez de venir a trabajar” se radicó en Argentina para “fabricar y traficar veneno”.

El Tribunal en lo Criminal Número 1 de La Plata condenó a una transexual de nacionalidad peruana a cinco años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

El juez valoró como agravante la condición de extranjera de la encartada, porque entendió que “menospreció al país que le dio cobijo” ya que, “en vez de venir a trabajar”, se radicó en Argentina para “fabricar y traficar veneno”.

En esa inteligencia, dijo que no estaba de acuerdo con los juristas y doctrinarios que entienden que es inconstitucional agravar la condenas o, llegado el caso, expulsar del país a un extranjero que comete delitos.

“Si bien el principio básico del derecho asume que todas las personas son iguales ante la ley, eso no es tan cierto ni absoluto”, adujo el magistrado.

Paralelamente, valoró que con base en las normas constitucionales y el preámbulo se puede restringir, limitar y gravar la entrada y permanencia de aquellos extranjeros que en vez de venir a “labrar la tierra” -esto es, a trabajar- vengan a robar; que en lugar de mejorar las industrias, vengan a fabricar y traficar con “veneno” (droga) o que en en vez de venir a introducir y enseñar, vengan a asesinar y violar; ello así, porque con tales actos no se afianza la Justicia ni se consolida la paz interior ni la unión nacional.

En su fallo, consideró un agravante de la pena, en los términos de los artículos 40 y 41 del Código Penal, que el hecho analizado fuera cometido por un extranjero y estimó que era procedente hacerlo “por ser una medida indispensable en una sociedad democrática, para prevenir infracciones penales o para proteger la seguridad nacional, el orden público, la moral y la salud públicas y los derechos y libertades”.

En tanto, se refirió al hecho de que la condenada se dedicaba a la prostitución y expresó que su accionar debía ser repudiado por las “trabajadoras de la noche” que nada tienen que ver con las actividades ilícitas desplegadas por ella, toda vez que tendió un “halo de sospecha sobre las demás”.

“Este delito hace pensar a muchos que todos los travestis de la zona roja venden droga, cuando seguramente son algunos pocos”, consignó finalmente en su fallo.

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