lunes 4, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

AFIP y Anses no podrán descontar montos de un haber previsional

CONCLUSIÓN. Ni el Fisco ni Anses podrán retener sumas sobre la jubilación de la actora.
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La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso-administrativo Federal ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) abstenerse de descontar sumas en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre los haberes previsionales de una accionante

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