La Cámara Nacional en lo Comercial revocó una sentencia y declaró que existen herramientas para llevar adelante un proceso que había quedado virtualmente paralizado debido a una resolución que declaró que el período de prueba empezaría a regir desde la audiencia del artículo 360 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN), que no se podía hacer ante la carencia de medios tecnológicos
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