Los pequeños contribuyentes tienen poco menos de un mes para llevar adelante la recategorización y el correspondiente pago de la cuota mensual del renovado régimen del Monotributo.
Es que hasta el próximo 7 de mayo, las empresas y particulares adheridos al régimen simplificado deben ajustar su condición con base en los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que ejercen, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados entre mayo 2009 y abril 2010.
De exceder uno de los límites antes mencionados, automáticamente el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior, con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar. El trámite se puede hacer mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la Afip, ingresando al servicio Sistema Registral,opción Registro Tributario/Monotributo/Recategorización.
Una vez ingresados los datos requeridos, el sistema emitirá una constancia de la transacción efectuada (acuse de recibo) y la credencial para el pago.
Exclusión
El nuevo Monotributo -que rige desde enero pasado- estableció un control más estricto de gastos e ingresos. En lo referente a la facturación, desde enero pasado los pequeños contribuyentes ubicados en las categorías más altas deben evaluar diariamente si no superan los nuevos límites de ingresos anuales.
Por lo tanto, las empresas y particulares que se encuentran en el borde de las escalas del renovado esquema tienen que estar atentos a que cada factura que emitan no los expulse del Monotributo.