domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Embarazada podrá cumplir la preventiva en el domicilio de su ex pareja

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Los camaristas entendieron que esta decisión le dará a la mujer mayor contención en su estado de gravidez y redundará en beneficios para la hija de la imputada y al niño por nacer

La Cámara de Acusación de Córdoba ratificó la prisión preventiva de una mujer embarazada que está imputada por robo calificado por uso de arma y escalamiento, agravado por la intervención de una persona menor de edad. No obstante, el tribunal, integrado por los vocales Maximiliano Davies, Carlos Alberto Salazar y Patricia Alejandra Farías, dispuso que la acusada curse la etapa final del embarazo en el domicilio de su ex pareja, quien vive con una hija de ambos de tres años de edad.

El tribunal señaló que, mediante la ley 26472, el Estado argentino evidenció su preferencia por que las mujeres madres en conflicto con la ley penal permanezcan junto con sus niños, pese a la existencia de un proceso penal o condena en su contra.

“Además, y más importante aún, se inclinó a garantizar este vínculo prioritariamente fuera de los muros de la cárcel (…). Interpretar lo contrario implicaría la privación de libertad de un niño, sometiéndolo a las consecuencias lesivas de un proceso de institucionalización, sólo para garantizar su contacto con la madre”, expone la resolución.

Los camaristas insistieron en que, además de proteger a la mujer por su estado de gravidez y su mayor vulnerabilidad, el presupuesto de prisión domiciliaria busca garantizar el “interés superior del niño por nacer, que evidentemente se encuentra afectado por la situación de su progenitora”.

El estrés que genera el encierro puede tener un efecto negativo sobre la salud de la mujer y el curso de su embarazo, ya que le puede provocar al feto secuelas orgánicas o psíquicas que se buscan evitar con esta especial modalidad de cumplimiento de la pena, subrayó el fallo.

“La mujer gestante tiene necesidades específicas que ameritan una especial atención, tales como: atención de la salud, contar con una mejor alimentación, acceso a una vestimenta adecuada, contención necesaria para soportar el estrés que implica transitar un embarazo en prisión, entre otras, que podrían solventarse con mayor facilidad desde el domicilio particular”, expuso Davies en su voto.

En cuanto al lugar donde cumplirá la prisión domiciliaria, la Cámara de Acusación autorizó que sea en la vivienda de su expareja, quien, además, es el padre de su hija de tres años y del niño por nacer. Según los datos incorporados al expediente, la ruptura de la convivencia se produjo porque el hombre se oponía a que la imputada siguiera consumiendo estupefacientes.

En tal sentido, el tribunal destacó que la designación de su ex pareja como guardador de la prisión domiciliariale daría a la acusada arraigo y contención familiar” y, a su vez, redundaría en beneficios para la hija de la imputada y el niño por nacer, “ya que le permitirá preservar a su familia como medio natural para su crecimiento y bienestar”.

Tratamiento

Al tener en cuenta que la imputada es una persona adicta, la Cámara consideró necesario que se le imponga la realización de un tratamiento para abordar su problemática de consumo de estupefacientes.

“Resulta fundamental resaltar que todo el esfuerzo a realizar por las partes involucradas en la modificación de la modalidad de detención podría resultar en vano de no estipularse la realización por parte de la acusada de un tratamiento por su drogodependencia. Por ello, insisto en la sugerencia de que el fiscal de Instrucción coordine, con la autoridad competente a tales fines, la implementación de dicho tratamiento, en la medida de lo posible”, planteó Davies en su voto.

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