lunes 12, mayo 2025
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Comercio y Justicia

El 2 de mayo no será feriado nacional, pero será considerado un día no laborable con fines turísticos

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Tras semanas de versiones cruzadas, el Gobierno nacional confirmó finalmente la situación laboral para el próximo viernes 2 de mayo: no será feriado nacional, pero sí se tratará de un día no laborable con fines turísticos.

La aclaración era muy esperada, dado que el jueves 1 de mayo se celebra el Día del Trabajador, un feriado inamovible en el calendario argentino.

¿Qué significa “día no laborable”?

-El 2 de mayo cada empleador podrá decidir si su personal trabaja o no.

-En la administración pública nacional la actividad quedará paralizada, salvo servicios esenciales.

-No habrá clases en las escuelas.

-Los bancos tampoco abrirán sus puertas al público.

-En muchos sectores privados, como comercios y servicios, cada empresa podrá optar entre abrir o no.

De esta manera, para gran parte de los argentinos habrá un fin de semana extra largo de cuatro días, del jueves 1 al domingo 4 de mayo.

Próximos fines de semana largos

-1 al 4 de mayo: Día del Trabajador + día no laborable (2 de mayo).

-20 al 22 de junio: Paso a la Inmortalidad de Manuel Belgrano.

-15 al 18 de agosto: Paso a la Inmortalidad de José de San Martín + día no laborable.

-20 al 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional + día no laborable.

-6 al 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María.

El decreto se basa en la Ley N° 27.399, que establece el régimen de feriados nacionales y días no laborables en Argentina.

El Gobierno anunció el año pasado los tres días que se convertirán en “puentes turísticos” durante el año 2025 y que, a diferencia de lo que ocurrió en los últimos años, no se convertirán en feriados.

La medida, que busca impulsar el turismo interno y dinamizar la economía, fue comunicada a través del decreto 1027/24 publicado en el Boletín Oficial.

Los tres días serán considerados como “no laborables”.

Los días no laborables puente de 2025

-Viernes 2 de mayo. Este día se sumará al feriado del Día del Trabajador (1 de mayo) creando -para algunos- un fin de semana largo de cuatro días.

-Viernes 15 de agosto. Es previo al Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín, que se celebra el 17 de agosto.

-Viernes 21 de noviembre. Este día se establece como “puente” para extender las celebraciones por el Día de la Soberanía Nacional, que se conmemora el 20 de noviembre.

Diferencia entre feriados y días no laborables

La diferencia entre estos términos está aclarada en la Ley de Contratos de Trabajo.

Para los feriados nacionales rigen las mismas normas legales que sobre el descanso del domingo. Es decir que los trabajadores que presten tareas, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual (artículo 166 Ley 20.744).

En cambio, en los días no laborables no se pagará el doble de la jornada al que lo trabaje y es el empleador quien debe definir si los trabajadores asistirán o no a sus puestos.

Por lo general los colegios, universidades, y estamentos públicos no tienen actividades. Las empresas privadas sí tienen.

Así está estipulado para todos los sectores, salvo en las administraciones públicas nacional, provincial y municipal, donde no hay actividad, al igual que en bancos y seguros.

 

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