Desde el pasado 1 de enero, el caso “Seren” desplaza a la causa “Hernández” como parámetro para el cálculo, ya que el índice inflacionario interanual llegó a tres dígitos
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba admitió la casación presentada por la parte actora y modificó el criterio judicial para la fijación de la tasa de interés de el caso “Hernandez”, que establecía intereses en la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central en dos por ciento mensual nominal, y lo aumentó a tres por ciento mensual nominal desde el pasado 1 de enero.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a