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Desde hoy rige la reglamentación de la ley de medios

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El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sancionada por el Congreso el 10 de octubre último, por lo que rige a partir de hoy.

A través del decreto 1225/2010 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, la reglamentación consigna que fueron tomadas en cuenta opiniones y propuestas expresadas por la ciudadanía durante el plazo de quince días establecido por la aplicación de un mecanismo participativo para la elaboración de normas.

En su artículo segundo, el decreto faculta a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual a «dictar las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación que se aprueba por el presente decreto».

En tanto, el artículo tercero indica que «el presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial», es decir que comenzó a regir desde esta mañana.

«La Ley 26.522 busca garantizar la libertad de expresión en todas sus modalidades, promoviendo el más amplio pluralismo y diversidad de las manifestaciones que pudieran existir en la sociedad argentina», señalan los considerandos de la norma, que a la vez afirma que «estos objetivos se verían frustrados de no corregirse las situaciones preexistentes».

Transición

Por otro lado, la reglamentación del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual dispone que «la Autoridad de Aplicación establecerá los mecanismos de transición a los fines de adecuar la situación de la totalidad de los licenciatarios a lo dispuesto en la Ley 26.522».

En este sentido, el decreto publicado hoy diferencia tres modalidades para esta adecuación: la voluntaria, la constatación de oficio y la adecuación por transferencia de licencias.

Por medio de la adecuación voluntaria, se posibilitará que los titulares de licencias que no cumplan con los requisitos establecidos por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, y que las personas jurídicas con una cantidad mayor de licencias o una composición societaria diferentes a las permitidas, puedan «iniciar el trámite de adecuación mediante declaración jurada».

Además, según la reglamentación, en la «constatación de oficio», la Autoridad de Aplicación «podrá proceder a constatar de oficio la efectiva adecuación a las disposiciones del artículo 161 de la Ley 26.522 por parte de la totalidad de los licenciatarios».

En relación a la «adecuación por transferencia de licencias», el decreto divide entre «voluntarias» o «de oficio», que se emplearán en caso de que los titulares de las licencias no dieran cumplimiento a las disposiciones de la Ley y su reglamentación. (Télam)

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