martes 3, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Pros y contras de la eliminación de retenciones de IVA y Ganancias para pagos electrónicos 

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Según el especialista Marcos Sequeira, será indispensable que tanto los comerciantes como las entidades financieras estén bien informados y preparados para adaptarse a estos cambios. Además, la AFIP deberá vigilar de cerca la recaudación para evitar posibles evasiones que podrían surgir 

Recientemente se ha publicado la Resolución general N° 5554/24 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que deroga los regímenes de retención de IVA y Ganancias para pagos electrónicos. Sobre este tema Factor consultó a Marcos Sequeira, tributarista, máster en fraude fiscal, lavado de activos y compliance por la Universidad Complutense de Madrid, quien señaló que la mencionada norma, que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre, representa un cambio significativo en la forma en que se gestionan las retenciones de IVA y del impuesto a las Ganancias sobre los pagos electrónicos. La norma deroga los regímenes establecidos por las resoluciones generales 140, 4011 y 4622, lo que significa que los comerciantes, locadores y prestadores de servicios que cobren mediante tarjetas de crédito, débito, compra o pago ya no estarán sujetos a retenciones automáticas en estos tributos.

Según el profesional, antes de la derogación, los porcentajes de retención para el IVA y el impuesto a las Ganancias dependían del tipo de contribuyente. Por ejemplo, para el IVA, los sujetos inscriptos estaban sujetos a una retención del uno por ciento sobre el monto de la transacción, mientras que los no inscriptos enfrentaban una retención de tres por ciento. En el caso del impuesto a las Ganancias, los inscriptos estaban sujetos a una retención de dos por ciento, y los no inscriptos, de 10%. Estas retenciones eran efectuadas por las administradoras de tarjetas y otras entidades financieras en el momento de la transacción.

– ¿Qué motivó a la AFIP a eliminar estos regímenes de retención?

– La derogación de estos regímenes responde a directrices emitidas por el Ministerio de Economía por medio de la resolución 780/24. Este movimiento parece estar en línea con una política de simplificación fiscal y desburocratización. El objetivo es reducir la carga administrativa tanto para las empresas como para las entidades financieras involucradas, y al mismo tiempo, estimular el comercio y la actividad económica al reducir las fricciones y los costos asociados con los pagos electrónicos.

– ¿Cuáles serán -según su opinión- los principales impactos de esta medida en los comerciantes y en la recaudación fiscal?

Los comerciantes recibirán el monto íntegro de las transacciones electrónicas sin deducciones automáticas, lo cual debería mejorar su flujo de caja. Esto puede ser especialmente beneficioso para pequeñas y medianas empresas que a menudo enfrentan problemas de liquidez. Además, la no existencia de retenciones tendrá otro efecto deseable: es probable que se formalice aún más la economía, ya que al no tener que anticipar el IVA y el impuesto a las Ganancias por estas retenciones, los vendedores, locadores y prestadores de servicios se verán incentivados a realizar más ventas por medios electrónicos de pago. Esto, a su vez, puede generar un aumento en la recaudación, ya que todas las ventas realizadas con tarjeta quedan registradas y no pueden ocultarse ante el Fisco.

– ¿Qué hay de las retenciones provinciales sobre Ingresos Brutos? ¿También se verán afectadas por esta medida? 

– En cuanto a las retenciones provinciales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el Ministerio de Economía ha instado a las provincias y a la ciudad de Buenos Aires a tomar medidas similares para ajustar o eliminar estas retenciones en los pagos electrónicos. Los porcentajes de retención para Ingresos Brutos varían según la jurisdicción, generalmente entre 1,5% y tres por ciento. Aunque aún no está claro cómo responderán todas las provincias, es probable que veamos un movimiento en esa dirección.

– ¿Qué desafíos anticipa en la implementación de esta normativa?

La transición a este nuevo marco normativo presentará varios desafíos. En primer lugar, será indispensable que tanto los comerciantes como las entidades financieras estén bien informados y preparados para adaptarse a estos cambios. Además, la AFIP deberá vigilar de cerca la recaudación para evitar posibles evasiones fiscales que podrían surgir al eliminar las retenciones automáticas. La coordinación con las provincias también será fundamental para asegurar una implementación fluida a escala nacional.

– Si se tiene en cuenta la eliminación de estas retenciones automáticas, ¿qué efectos podría tener esta derogación en la evasión de los impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias?

La eliminación de las retenciones automáticas puede generar ciertos riesgos en términos de evasión fiscal. Cuando las retenciones eran efectuadas por las administradoras de tarjetas y otras entidades financieras, se aseguraba un nivel de control y recaudación eficiente en el momento de la transacción. Sin estas retenciones, se incrementa la responsabilidad de los contribuyentes de declarar y pagar los impuestos correspondientes de manera correcta y oportuna. Esto podría abrir la puerta a prácticas evasivas, especialmente entre aquellos contribuyentes que antes estaban sujetos a retenciones y ahora podrían intentar ocultar o subreportar ingresos. La AFIP tendrá que reforzar sus mecanismos de control y fiscalización para compensar la ausencia de las retenciones automáticas. Además, podrían implementarse nuevas medidas o regímenes alternativos para mantener la integridad del sistema tributario y evitar una caída significativa en la recaudación. El desafío estará en equilibrar la simplificación administrativa con la necesidad de mantener una recaudación eficiente y justa.

– Además de los efectos inmediatos en la recaudación y la posible evasión, ¿qué implicancias a largo plazo podría tener esta derogación en la relación entre los contribuyentes y la AFIP, así como en la cultura tributaria en general?

Esta derogación podría tener varias consecuencias a largo plazo en la relación entre los contribuyentes y la AFIP, así como en la cultura tributaria en general. Por un lado, la eliminación de las retenciones automáticas traslada una mayor responsabilidad al contribuyente en cuanto a la correcta declaración y pago de los impuestos. Esto podría fomentar una mayor conciencia y responsabilidad tributaria entre los contribuyentes, quienes ya no podrán depender de las administradoras de tarjetas para cumplir automáticamente con sus obligaciones fiscales. Sin embargo, este cambio también podría generar tensiones si la AFIP intensifica su fiscalización para compensar la pérdida de control automático. Los contribuyentes podrían percibir un aumento en las auditorías y revisiones, lo que podría afectar la percepción de la relación con el Fisco, especialmente si aquéllos no se sienten acompañados con suficiente orientación y soporte en este nuevo marco. A largo plazo, la derogación también podría impulsar una transformación en la cultura tributaria, moviéndola hacia un enfoque más basado en la confianza y el cumplimiento voluntario. Esto dependerá, en gran medida, de cómo la AFIP gestione la transición y comunique estos cambios. Si la AFIP logra fomentar un entorno de transparencia y cooperación, es posible que veamos una evolución positiva en la cultura tributaria del país.

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