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Crean registro de contratos de seguros

ESCENARIO. La Superintendencia de Seguros de la Nación convalidó el nuevo régimen de contratos.
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Comprende a personas bajo ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) creó el Registro Nacional de Contratos de Seguros de Personas Humanas (Renaseg), que permitirá a los ciudadanos consultar por sus seguros vigentes y brindar conocimiento de contratos suscriptos por un fallecido para las ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales, según la Resolución 389/2023 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Asimismo tendrá por finalidad suministrar a los consultantes, la información en orden a la existencia de un seguro de Vida, Sepelio y Accidentes Personales, como así la entidad aseguradora, facilitando, de corresponder, a los posibles beneficiarios reclamar la prestación derivada del contrato, señala la resolución firmada por la titular de la SSN, Mirta Adriana Guida.

El Renaseg nutrirá su base con la información brindada por las entidades de seguros en función de los contratos celebrados únicamente bajo las ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales, aclara.

Es así que se insta a las entidades aseguradoras involucradas a informar diariamente, a través de la remisión por medios electrónicos y en forma continua, las altas, bajas y modificaciones de los contratos de seguros correspondientes a las ramas Vida, Sepelio y Accidentes Personales.

«La SSN tiene por objetivo principal procurar un mercado asegurador justo, seguro y estable en beneficio y para protección de los intereses de los asegurables, asegurados, beneficiarios y damnificados», destaca el organismo en los considerandos de la publicación.

Asimismo, remarcó que apunta a «cumplimentar con el objeto de protección de que los asegurados cuentan con el derecho a designar beneficiarios, conforme la normado por la Ley de Seguros Nº 17.418, a fin de que estos perciban la prestación derivada del contrato de seguro ante el fallecimiento del asegurado».

En este sentido, se contempló que los seguros de personas pueden ser contratados tanto de manera individual como colectiva, y a través de diferentes canales, lo que muchas veces implica que los beneficiarios desconozcan la existencia del contrato y de su calidad de tal y que «un alto porcentaje de consultas recibidas han tenido como finalidad conocer si una persona, recientemente fallecida, contaba con un Seguro de Vida, Sepelio y/o Accidentes Personales».

La resolución será de aplicación obligatoria en el plazo de 60 días corridos desde su entrada en vigencia, en el que deberá quedar regularizada la carga del «stock inicial», el cual estará conformado por los contratos de seguros de Vida, Sepelio y Accidentes Personales vigentes a la entrada en vigor de la presente resolución.

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