La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) difundió un análisis, realizado por la especialista Carmen Carballeiro, sobre la nueva normativa de control de cambios y su impacto en la operatoria importadora.
En él se destaca que vuelve a instrumentarse el “control del registro de importación para pagos anticipados”, así como a exigirse “el requisito de sólo pagar al que va a emitir la factura que se utilice para realizar aduaneramente la destinación de importación”.
“También vuelve la obligación de negociar divisas por operaciones financieras y la obligación de demostrar la negociación para tener acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para su cancelación”, para lo cual será necesario contar con el “relevamiento de activos y pasivos externos actualizado para el acceso al MULC”.
Asimismo, para precancelar deudas por bienes y servicios será necesario contar con la conformidad previa del BCRA, requisito también necesario para acceder al MULC para el pago de deudas vencidas o a la vista por importaciones de bienes “con empresas vinculadas” cuando éstas superen US$2 millones por mes y por cliente residente.
“En el caso de pagos anticipados de importaciones, se deberá presentar la documentación respaldatoria y demostrar el registro de ingreso aduanero de los bienes dentro de los 180 días corridos desde su acceso al MULC; el destinatario de los fondos debe ser el proveedor del exterior”, advirtió Carballeiro.