lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Comenzó el debate por eficiencia, alcance y límites de la reglamentación de techos verdes

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Por Carolina Klepp – [email protected]

A poco de ser aprobada por el exintendente Ramón Mestre a días de concluir su mandato, la Reglamentación de Techos Verdes en la ciudad de Córdoba recae ahora sobre la recién asumida gestión de Martín Llaryora. Mediante el decreto 3345, el anterior gobierno municipal detalla las construcciones existentes en las que serán de aplicación esas cubiertas, establece las modalidades de construcción y fija que deberán ser ejecutadas por personal idóneo registrado a tal fin en la Dirección de Obras Privadas y Usos del Suelo. Para especialistas en el tema, la normativa tiene pros y contras que fueron analizados en exclusiva para Comercio y Justicia. Entre ellas, destacan un avance hacia el desarrollo sustentable; en contrapartida, un instrumento complejo que se suma a un caos normativo y que no alcanza a ser suficiente para el déficit de áreas verdes y el grave impacto climático que vive la ciudad.

¿Verde que te quiero verde?

Por Ana Calviño* y Miguel Martiarena

El empleo de cubiertas verdes es, cada vez más, la alternativa elegida en ciudades de todo el mundo para amortiguar las desventajas climáticas y energéticas asociadas al aumento de edificaciones y para favorecer la biodiversidad urbana mediante el diseño de una infraestructura amigable.
El pasado 28 de noviembre, el municipio sancionó el decreto reglamentario (N° 3345) de la ordenanza N° 12548 que incorpora al código de edificación vigente el marco regulatorio para la instalación de techos y muros verdes en la ciudad de Córdoba. Luego de tres años de sancionada la ordenanza, no sin debates por su implementación, la ciudad cuenta con un instrumento que debería servir para mejorar el diseño edilicio en pos de reducir la huella ambiental.
A pesar de la buena voluntad de su objeto, la ordenanza reglamentada es un instrumento demasiado complejo. Se superpone a ordenanzas previas -como el código de edificación o la de uso de suelo-, contribuyendo a aumentar el ya existente caos normativo.
Por otra parte, parece recortar incumbencias profesionales establecidas, al exigir un “registro de instalador de terrazas y muros verdes” que se solapa con las habilitaciones oficiales de los colegios de arquitectos e ingenieros.

Alcanza edificios nuevos y ampliaciones no autorizadas con techos de 400 m2 o más, localizados, por el momento, sólo en algunos sectores del centro y barrios pericentrales.
Para aquellas edificaciones que estén por fuera de los distritos indicados en la ordenanza y asimismo quieran instalar una cubierta verde, el decreto prevé un beneficio impositivo mediante la presentación de una declaración jurada anual que certifique el mantenimiento de la cubierta.
A su vez, incluye un “Manual de buenas prácticas de construcción sostenible”, en el que se describen -a grandes rasgos- las tecnologías existentes y se da un listado de las especies “sugeridas, probadas y aprobadas”, que se suma a los listados de especies “admitidas” que figuran en el anexo de la ordenanza y en el anexo III de la reglamentación, generando desconcierto entre lo admitido y lo posible.
La pregunta es si tal como ha sido reglamentada, la ordenanza constituye un instrumento eficiente relativo a la grave situación climática que enfrenta Córdoba.
La deteriorada infraestructura verde de la ciudad evidencia un gran déficit de arbolado, la ineficiente distribución de las áreas verdes, la vulnerable situación de dos cursos de agua alterados en la totalidad de su recorrido y de una única reserva natural urbana, y requiere medidas contundentes que minimicen el impacto ambiental de la ciudad construida y que aceleren su reconversión hacia alternativas más sostenibles.

Sin embargo, vinculada con el código de edificación, la implementación de techos verdes queda incluida en una “construcción sostenible”, definida como “diferentes estrategias destinadas a minimizar el impacto ambiental de las obras de construcción”.
Por tal motivo, es factible optar por alternativas de construcción que minimicen el consumo energético sin la obligatoriedad de sumar verde.
Así lo deja en claro el artículo 5 de la ordenanza, el cual posibilita a las grandes superficies comerciales (iguales o mayores de 600 m2) optar por la instalación de un sistema de “techo fresco” que “reduzca el consumo energético y que cumpla con las medidas de rendimiento de gestión de aguas pluviales”, sin precisar a qué se refiere en lo constructivo.
Asimismo, la instalación de sistemas de energías alternativas para “abastecer cualquier sector del edificio” también figura como una opción viable.

Además, en el caso de que dicha infraestructura resuelva el calentamiento de agua, es posible alcanzar 100% de la compensación de la terraza verde requerida no realizada.
Es posible optar también por coeficientes de reducción de superficie de la cubierta verde requerida, en función del volumen de biomasa vegetal que se incorpore, el empleo de aguas pluviales y la utilización de plantas nativas y/o alimenticias, y “presentar propuestas alternativas debidamente fundamentadas”, e incluso combinarlas entre sí.
En cada una de las opciones habilitadas se van dejando de lado los servicios ambientales buscados por los objetivos de la ordenanza. Lejos queda el objetivo “fundamental” de una “red de techos verdes”.
Mucho más lejos aún queda la posibilidad de gozar de una infraestructura verde acorde a las necesidades de una ciudad como Córdoba, cuyos habitantes padecen a diario las consecuencias de un verde urbano escaso, deteriorado y accesible para unos pocos.
Finalmente, acciones de esta naturaleza ante el cambio climático, con exceso de normativismo y mucho marketing sin aplicación posible, terminan contradiciendo su propio objeto y pueden incluso causar efectos contrarios a los esperados.

Miembros de la Red Ciudadana Nuestra Córdoba. * Investigadora del Conicet

Una alternativa para la construcción sostenible

Por Dr. Arq. Arturo Maristany*

La implementación y promoción de las cubiertas verdes, llamadas también techos vivos, en la ciudad de Córdoba, es sin duda una medida positiva tendiente a formar parte del conjunto de acciones orientadas a la construcción y el desarrollo sustentable integral de la ciudad.
Está demostrado internacionalmente que el uso de cubiertas verdes es un recurso que puede contribuir a la eficiencia energética de un edificio, y por lo tanto reducir sus emisiones, y también a contrarrestar los efectos de la contaminación por CO2, ruido y sobre todo el sobrecalentamiento denominado isla de calor urbano (ICU). Esto permite encuadrar las ventajas de la cubierta verde en dos grandes grupos: por un lado, referidos al acondicionamiento interior del edificio, y por otro, al impacto positivo en el entorno.
En el primer aspecto, la cubierta verde, en general de alta inercia térmica, tiene un efecto regulador de la temperatura, por aislamiento capacitivo.
Por esta característica, su contribución a la eficiencia energética se relaciona con la reducción de la demanda de energía, asociando de manera equilibrada las oscilaciones térmicas interiores con las exteriores.

Si bien la cubierta verde es una buena alternativa al aislamiento resistivo, su viabilidad, potencial de uso y efectividad depende del destino del edificio, de su sistema constructivo, estructura y antigüedad, entre muchos otros factores que deben ser considerados al momento de analizar posibilidades y limitaciones técnicas.
En relación con la existencia del fenómeno de la ICU en la ciudad de Córdoba, ya ha sido demostrada hace algunos años, identificándose como causas, al igual que en otras ciudades similares, no sólo la densidad de población, la masa construida o la misma topografía; también la falta de espacios verdes, los gases contaminantes que ocasionan efecto invernadero, el rápido drenaje del agua de lluvia y las fuentes de calor interna derivadas de la actividad industrial, sistemas de transporte y sistemas de acondicionamiento artificial.
La cubierta verde es una estrategia que contribuye a su mitigación, pero no puede ser la única: el control de los índices de reflectancia superficial (IRS), el arbolado urbano y la reducción de emisiones de calor antrópico son el complemento indispensable para el control del fenómeno.
Las estrategias de diseño y construcción sustentable deben estar siempre relacionadas con las particularidades ambientales, sociales y económicas locales, entre las cuales se encuentran seguramente los modos de construir, las preferencias de los usuarios y las respuestas de la población frente a nuevas formas o tecnologías.

Para tener éxito, las políticas deben adaptarse a esas características mediante el reconocimiento de la opinión de las partes interesadas, y con absoluta difusión de las acciones, su impacto previsto y posibilidades de adaptación a los modos locales, siendo esta acción participativa una de las características fundamentales de cualquier proceso de integración y asimilación de políticas sustentables.
En este sentido, la propuesta de implementación de cubiertas verdes tendrá éxito, más allá de su reglamentación, cuando sea asimilada social y culturalmente, dentro del elenco de alternativas que hacen a la construcción sostenible.
Ésta no se limita al uso de un solo recurso técnico; se trata de disponer de una serie de posibilidades de solución o mitigación que, de manera alternativa, integral y complementaria, contribuyen a la reducción de la demanda de energía de los edificios y su impacto sobre la ciudad y el ambiente.

* Secretario Académico de la Facultad de Arquitectura Urbanismo y Diseño (FAUD) de la UNC

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