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Embargan la indemnización laboral de un padre para garantizar alimentos futuros

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La Cámara no advirtió perjuicio grave para el progenitor que justificara dejar sin efecto la medida. Ésta sólo recae sobre un cuarto del monto percibido por el hombre como extrabajador

La Cámara 2ª de Familia de Córdoba ordenó a un padre colocar 25% de su indemnización laboral en un plazo fijo a la orden del tribunal. Paralelamente, la decisión prevé la afectación mensual de un monto equivalente a 60% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en concepto de cuota alimentaria para sus hijas.
Así, el tribunal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el progenitor en contra de la resolución que no hizo lugar al pedido de liberación de fondos que formuló el hombre.
Al analizar el planteo del padre, la cámara integrada por los vocales Roberto Julio Rossi, Graciela Melania Moreno de Ugarte y Fabián Eduardo Faraoni señaló que el demandado no cuestionó la cuantificación de la mesada (60% aludido), ni el libramiento de la orden de pago por $34.200 en concepto de cuota alimentaria desde diciembre de 2017 a mayo de 2018. En tal sentido, se añadió que, así el auto N°408 del 21/5/2018 adquirió firmeza en dichos aspectos.

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