viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El menemista Víctor Alderete, más cerca de ser enjuiciado

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La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento del ex interventor del PAMI durante el gobierno de Carlos Menem, Víctor Alderete, por "administración infiel" en una causa que investiga la firma irregular de un contrato por casi un millón y medio de pesos en 1998.
La decisión dejó más cerca del juicio oral por esta causa al ex funcionario, según la resolución firmada el 30 de diciembre pasado.
En los tribunales federales de Retiro, Alderete afronta una treintena de investigaciones judiciales tras su paso por la obra social de los jubilados. Ahora, los camaristas Martín Irurzun y Horacio Cattani ratificaron que hubo un perjuicio a la Administración pública con la firma de un contrato de asesoramiento para policlínicos del PAMI, en la ciudad santafesina de Rosario.

Alderete suscribió ese acuerdo el 15 de diciembre de 1998, cuando presidía el directorio, con la firma "Concisa SRL" y según se desprende de la causa, era para realizar una tarea similar a la pactada con otra empresa en otro contrato, suscripto poco tiempo antes.
Por ello la firma del segundo contrato habría sido "fraudulenta en perjuicio de los intereses" del PAMI, apuntaron los camaristas sobre la causa que se tramita en el Juzgado Federal 2. El contrato cuestionado era de "asesoramiento" a la "Unidad policlínicos PAMI-Rosario integradas" que se había conformado dos meses antes para unir dos centros asistenciales de Rosario.
Las autoridades a cargo de esa Unidad habían firmado un contrato con la firma "Consultores de Salud y asociados" para "colaborar en el mejoramiento de la organización de los policlínicos".

"A sólo dos meses de esa contratación, Alderete firmó otro contrato con la firma Concisa SRL para desarrollar, con la coordinación general de la Fundación Isalud, una propuesta para esos mismos policlínicos" por un total de 1.452.000 pesos, recordó la Cámara.
Se trató de "dos contratos con similar -si no idéntico- objeto: uno celebrado por la UPPRI con Consultores de Salud y el otro de manera directa por el propio Instituto con la firma Concisa SRL", remarcó la resolución.
A raíz de esto "existieron dos contrataciones con una superposición en sus objetos en un espacio temporal y físico idéntico, lo que habla por si solo de la innecesariedad del convenio suscripto con Concisa", advirtieron los jueces.

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