Mañana vence el plazo para la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre de 2008 de los monotributistas. Esta operación consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida entre enero y diciembre de 2008. Cuando estos parámetros son superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra el contribuyente, éste debe reubicarse. Para ello, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispone en su sitio web de la herramienta llamada "Mi orientación", con una guía para llevar adelante la recategorización.