lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El Municipio embargará a deudores sin juicio previo

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La Municipalidad de Córdoba avanzará desde 2009 con embargos preventivos sobre contribuyentes en mora cuya deuda tributaria aún no haya pasado a gestión judicial.
Así lo anticipó a Comercio y Justicia el secretario de Ingresos Públicos, Fidias Sanz, quien señaló que la modalidad se pondrá en marcha tras la aprobación del paquete de proyectos económicos que por estas horas debate el Concejo Deliberante y que ya cuentan con sanción en primera lectura.
El mecanismo, aunque no explícito, aparece incorporado en el artículo 1 del proyecto de modificación del Código Tributario.

Puntualmente, modifica el inciso 9 del artículo 12 de la ordenanza 10363 y señala: “Solicitar, en cualquier momento, embargo preventivo de cuentas bancarias, fondos y valores depositados en entidades financieras regidas por la ley 21526, o de bienes de cualquier tipo o naturaleza, inhibiciones generales de bienes, o cualquier otra medida cautelar en resguardo del crédito fiscal, por la cantidad que presumiblemente adeuden los contribuyentes y responsables”.
El mecanismo apunta a atacar casos puntuales. >Principalmente en comercios donde, por ejemplo, detectamos que se dejan de ingresar pagos. Esa muchas veces es señal que el local cierra, desaparece. Entonces, ahí se puede avanzar con el embargo preventivo”, indicó Sanz.
Por su parte, el director de Procuración, Damián López Brandenburg, aclaró que la herramienta no es equiparable a los denominados “superpoderes” de los procuradores de Rentas o de AFIP.

“El embargo se interpone previa orden judicial, aunque sin juicio previo”, aclaró. De todas formas, señaló luego que la demanda debe necesariamente interponerse 10 días después que la orden judicial de embargar se lleve a cabo de manera efectiva. Asimismo, el funcionario indicó que se buscará aceitar el mecanismo de inhibición, principalmente de fondos en cuentas bancarias para evitar que el deudor pueda eludir la acción fiscal.
“Es clave que el juez actúe rápido (desde la interposición de la medida pueden pasar hasta 30 días) para que la acción surja efecto. Nosotros vamos a tratar de avanzar en un acuerdo con el Banco Central para que informe a todas las entidades financieras sobre la inhibición de determinada cuenta, o cuentas de un deudor, tal como lo tiene Rentas o AFIP”, detalló.

La decisión de avanzar con la medida forma parte de la batería de alternativas en análisis por parte del Municipio para procurar mejorar los ingresos, en este caso que aún no ingresó en gestión judicial.
El combo ya incluyó más de 250 mil intimaciones y la puesta en marcha de los Certificados de Cancelación de Obligaciones Municipales (Cercom) para pagar deuda anterior a diciembre de 2006 con quita del 100% de intereses, aunque sólo de contado.

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