Un “experimentado” pero “imprudente” esquiador fue condenado a pagar 35.800 pesos de indemnización por las lesiones que provocó a una joven al no respetar las reglas de conducta establecidas por la Federación Internacional de Ski (FIS).
La sentencia, que eximió de responsabilidad a los explotadores del centro invernal, la dictó la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ante el episodio registrado en la tarde del 15 de septiembre de 2002 en la localidad mendocina de Las Leñas. En esa oportunidad el demandado chocó con una principiante que descendía por “Minerva”, una de las pistas “fáciles” del complejo, y le fracturó una de sus clavículas.
El tribunal recordó que, cuando fue atropellada, la damnificada se hallaba tomando clases con un instructor de esquí. La Sala A de la Cámara consideró que el demandado fue “imprudente” porque no cumplió con las “Reglas de conducta para esquiadores y snowboarders”, de la FIS.
Los camaristas Hugo Molteni, Fernando Posse Saguier y Ricardo Li Rosi evaluaron que el “experimentado” esquiador “contaba con la habilidad suficiente para sortear las diferentes vicisitudes que se le pudieran dar en un descenso esquiando por la montaña” y debió prever que podría encontrarse con aficionados.