miércoles 27, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Reconocen haber a ex conscripto de Malvinas

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En una acción promovida por un ex soldado conscripto y ex veterano de guerra, donde reclamaba el reconocimiento y/o equiparación al grado militar de cabo y la adecuación del haber mensual desde la fecha en que fue dado de baja, el Juzgado Federal Nº 2 de Córdoba hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenándole al Estado nacional que liquide y abone al accionante las retroactividades adeudadas en ese concepto, además de condenar al accionado al pago del daño moral por la suma de cincuenta mil pesos, fundado en que “el accionante luego de la guerra no tenía siquiera noción de su estado físco-mental, menos aún si era portador de un daño, por lo que, con anterioridad al mes de mayo de 1986, no pudo existir por parte de éste interés en accionar, y menos aún conciencia de su existencia”, siendo el reclamo temporáneo.

Excepción

En el fallo del juicio entablado por Hugo Antonio Pereira, siendo que el Estado nacional (III Cuerpo de Ejército) interpuso excepción de prescripción, se determinó que, en relación con el reclamo de haberes “la demandada ha reflejado reconocimiento a los derechos invocados en este punto por el actor y por lo tanto no existe impedimento para que éstos sean arrastrados al año 1988, por tratarse de obligaciones que debieron ser abonadas periódicamente, y a su vez por ser esta la manera que en que fueron reclamados –interrumpiendo la prescripción-, mediante cartas documentos. En cuanto al daño moral, el cómputo del plazo de cinco años debe ser diferente, ya que en caso de prosperar la demanda en este rubro, el pago se debería materializar, no periódicamente sino de una sola vez a modo de indemnización”.

Rechazo

En otro orden, se rechazó la indemnización laboral reclamada en los términos de la hoy derogada ley 9688, al estimarse que “el actor ha articulado en forma paralela un reclamo indemnizatorio, que por sí destierra ipso facto cualquier posibilidad de intentar otro reclamo de análogas características por esta vía”.

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