viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Pidieron absolución de los siete médicos del Neonatal

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El juicio oral y público seguido en contra de siete médicos del Hospital Materno Neonatal culminó ayer con un pedido de absolución que solicitó, tanto la defensa de los acusados como la Fiscalía.
El Ministerio Público, representado en este caso por Eugenio Pérez Moreno, fundamentó su postura basándose en el beneficio de la duda. En este sentido, el funcionario judicial entendió que a lo largo de debate oral no quedó acreditado de manera fehaciente que los profesionales implicados hayan actuado con negligencia, provocando la muerte de una joven parturienta y su bebé.
La postura asumida por Pérez Moreno fue compartida por los abogados defensores de los médicos, quienes también reclamaron la absolución de sus clientes, aunque ya no sustentándose en el beneficio duda, sino advirtiendo que existe certeza para desvincular definitivamente a los profesionales de la causa.

En sentido contrario se pronunció el abogado querellante, Ricardo Martiniccio Alaniz, quien reclamó una condena de tres años de prisión efectiva para Patricia Liliana Reschia y dos años para sus colegas Viviana Beatriz Herrera, Elena María Soro, María Alejandra Oviedo, Waldo Germán Caro y Claudio Ernesto Gómez. Para todos ellos también pidió la inhabilitación para desempeñarse como médicos por el lapso de cinco años.
Al igual que lo entendió la Fiscalía, el letrado querellante solicitó la absolución de María Inés Carrizo, quien prácticamente no tuvo contacto con la paciente fallecida. Un poco más elevada fue la condena reclamada por la abogada Marta Inés Vega Romano, quien solicitó cuatro años para todos los acusados y cinco años de inhabilitación, aunque también eximió de pena a la médica María Inés Carrizo.

Negligencia

Para la querella, si los profesionales del Neonatal hubiesen atendido las recomendaciones del médico de cabecera de la mujer y le hubieran practicado la cesárea inmediatamente, “el resultado hubiese sido otro”. Puntualmente, Martiniccio Alaniz se refirió a la orden de derivación del médico Horacio Monjo, que nunca fue anexada a la historia clínica de la paciente fallecida. “¿Se perdió o la sacaron?”, se preguntó el abogado.
La postura de la querella fue rebatida por uno de los defensores, Felipe Truco, quien a su turno recordó que nunca se pudo comprobar si realmente existió tal recomendación de Monjo. No obstante, el abogado subrayó que la mujer y el feto murieron producto de una infección “asintomática”, que no podía ser evitada con la realización de una cesárea.

Asimismo, recordó que los profesionales suministraron los antibióticos a la madre, en el horario que le indicaba el protocolo del nosocomio.
Respecto del diagnóstico de pelvis estrecha, dijo que es un tema discutible, toda vez que el niño por nacer era un bebé de peso normal (3.500 kg) y, por lo tanto, estaba en condiciones de nacer por parto natural.

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